Fianza y garantíasPara inquilinos

El casero no devuelve la fianza: plazo, burofax y cómo reclamarla

Qué hacer si el propietario no te devuelve la fianza del alquiler: plazo de un mes e intereses, modelo de burofax para reclamarla y cómo ir a juicio sin abogado si debe menos de 2.000 €.

Por David Álvarez GonzálezActualizado el 4 min de lectura

En esta guía
  1. Paso 1: comprueba que estás en plazo y tienes pruebas
  2. Paso 2: reclámala por escrito
  3. Paso 3: mediación o arbitraje
  4. Paso 4: demanda de juicio verbal
  5. ¿Y si el propietario dice que hay daños?
  6. Preguntas frecuentes

Respuesta rápida: si ha pasado más de un mes desde que entregaste las llaves y el casero no te devuelve la fianza ni justifica los descuentos, envíale un burofax reclamándola con intereses. Si no paga, puedes presentar una demanda de juicio verbal; si la cantidad es de 2.000 € o menos, no necesitas abogado ni procurador.

Es una de las situaciones más frecuentes al terminar un alquiler: el propietario da largas, alega daños que no existen o simplemente no contesta. La ley está de tu parte si puedes probar cómo dejaste la vivienda. Aquí tienes los pasos en orden, de menos a más coste. Para el contexto general, consulta la guía de la fianza del alquiler.

Paso 1: comprueba que estás en plazo y tienes pruebas

  • Fecha de entrega de llaves: el mes empieza a contar desde ese día (artículo 36.4 LAU). Guarda el documento de entrega o el mensaje en el que el propietario confirma que las recibió.
  • Estado de la vivienda: inventario de entrada, fotos o vídeo de la salida, mensajes.
  • Pagos al día: último recibo de renta y facturas de suministros pagadas.
  • Justificante de la fianza: el contrato y, si lo tienes, el resguardo del depósito en tu comunidad.

Paso 2: reclámala por escrito

Primero un mensaje o correo amable pidiendo la devolución y el detalle de cualquier descuento. Si no hay respuesta en una o dos semanas, envía un burofax con certificación de texto y acuse de recibo. Es la prueba de que reclamaste, de la fecha y de lo que pediste, y además sirve como intento de negociación previo a la demanda.

Modelo de burofax para reclamar la fianza
[Tu nombre y apellidos], con DNI [número] y domicilio a efectos de notificaciones en [dirección], A [nombre del propietario], con domicilio en [dirección]: El [fecha] finalizó el contrato de arrendamiento de la vivienda situada en [dirección], firmado el [fecha], y ese mismo día le hice entrega de las llaves, encontrándome al corriente del pago de rentas y suministros. A la firma del contrato entregué una fianza de [importe] €. Ha transcurrido más de un mes desde la entrega de llaves sin que me haya sido devuelta ni se me haya comunicado ningún daño o deuda justificados. Por ello, de acuerdo con el artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, le REQUIERO para que en el plazo de 10 días naturales desde la recepción de este escrito me abone [importe] € más el interés legal devengado, mediante transferencia a la cuenta [IBAN]. Le propongo resolver la cuestión de forma amistosa. Si no recibo el pago o una propuesta razonable en ese plazo, iniciaré las acciones judiciales oportunas, con reclamación de intereses y costas. En [ciudad], a [fecha]. Firma: ______________________

El burofax se envía desde cualquier oficina de Correos o en su web. Pide la certificación de texto: sin ella solo pruebas que enviaste algo, no qué decía.

Paso 3: mediación o arbitraje

Antes de ir al juzgado, prueba con la oficina municipal de vivienda o de consumo, un servicio de mediación o una asociación de inquilinos o consumidores. Si el propietario es una empresa o una agencia, también puedes poner una reclamación de consumo. Muchos casos se resuelven en esta fase.

Paso 4: demanda de juicio verbal

Las reclamaciones de la fianza se tramitan por juicio verbal ante el juzgado de primera instancia del lugar donde está la vivienda.

Cantidad reclamada¿Abogado y procurador?Cómo empezar
Hasta 2.000 €No son obligatoriosFormulario de demanda de juicio verbal en el juzgado o en la sede judicial electrónica
Más de 2.000 €SíDemanda redactada por abogado
Cualquier cantidad, deuda documentadaNo para la petición inicialProcedimiento monitorio: si el propietario se opone, pasa a juicio

Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige, con carácter general, haber intentado antes una negociación o medio adecuado de solución de controversias (MASC) para presentar una demanda civil. Un burofax con una propuesta concreta y un plazo de respuesta, como el del modelo, se usa habitualmente para acreditar ese intento. Guarda el justificante para adjuntarlo a la demanda.

En la demanda adjunta el contrato, el justificante de la fianza, la prueba de entrega de llaves, las fotos y el burofax. Si ganas, el propietario deberá pagarte la fianza con intereses y, en muchos casos, las costas.

¿Y si el propietario dice que hay daños?

Tiene que demostrarlos y justificar el coste con facturas o presupuestos. No vale descontar el desgaste normal, la pintura después de años de uso o una limpieza que no era necesaria. Revisa la lista en qué puede descontar el casero de la fianza y, si no estás de acuerdo, contesta por escrito explicando por qué.

Si tienes motivos para retener parte de la fianza, comunícalo por escrito antes de que pase un mes, con fotos y presupuestos, y devuelve el resto. Retenerla sin explicaciones te expone a pagar intereses y las costas de un juicio que probablemente perderás.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo legal para devolver la fianza?

La ley no fija un plazo de devolución como tal, pero el artículo 36.4 de la LAU establece que, si pasa un mes desde la entrega de las llaves sin devolver la fianza, la cantidad que deba devolverse devenga el interés legal del dinero. En la práctica, un mes es el plazo de referencia.

¿Necesito abogado para reclamar la fianza?

No si reclamas 2.000 € o menos: en el juicio verbal de esa cuantía no es obligatorio ni abogado ni procurador, y el juzgado tiene un formulario de demanda. Por encima de esa cantidad sí son necesarios.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la fianza?

La acción para reclamar la devolución de la fianza es una acción personal sin plazo especial, por lo que se aplica el plazo general de cinco años del artículo 1964 del Código Civil. Aun así, cuanto antes reclames, más fácil será probar el estado de la vivienda.

¿Puedo reclamar si no tengo fotos de cómo dejé el piso?

Sí. Es el propietario quien debe probar los daños que quiere descontar. Sirven también el inventario, correos, mensajes, testigos que estuvieron en la entrega o el documento de entrega de llaves.

Normativa y fuentes consultadas

  1. Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, artículo 36 (BOE)
  2. Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, artículos 23, 31, 250 y 437 (BOE)
  3. Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (BOE)
  4. Código Civil, artículo 1964 (BOE)

David Álvarez González

Explico el alquiler de vivienda en España a partir del texto de la ley (LAU, Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda, Ley del IRPF) y de las fuentes oficiales, que enlazo en cada guía. Reviso los artículos cada vez que cambia la normativa.